REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL A CARGO DE LA DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007
FRANCISCO CHÍGUIL FIGUEROA, Jefe Delegacional en Gustavo A. Madero, con fundamento en los artículos 87, párrafo tercero,112, segundo párrafo y 117, párrafos primero, segundo y tercero, fracción XI, del Estatuto de Gobierno del Ciudad de México; 38 y 39, fracciones XIII, XXXI, XXXVIII, XLI, XLIII, XLIV, XLV, XLVI, XLVII, LI, LIV, LVI, LIX, LX, LXXI, LXXVII y LXXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Ciudad de México; 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Desarrollo Social del Ciudad de México; fracción I del Vigésimo Primero Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2007 y 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Desarrollo Social del Ciudad de México y su Reglamento, respecto de los programas destinados al desarrollo social, requiere, lineamientos y mecanismos de operación en los que se incluya, al menos: La dependencia o entidad responsable del programa; Los objetivos y alcances; Sus metas físicas; Su programación presupuestal; Los requisitos y procedimientos de acceso; Los procedimientos de instrumentación; El procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; Los mecanismos de exigibilidad; Los mecanismos de evaluación y los indicadores; Las formas de participación social y la articulación con otros programas sociales, por lo que he tenido a bien expedir las siguientes:
Publicado en la Gaceta Oficial del Ciudad de México el 09 de Febrero de 2007