Sistema de Información del Desarrollo Social


PROGRAMA DE BECAS A ESTUDIANTES DE NIVEL MEDIO SUPERIOR

Publicado en la Gaceta Oficial del Ciudad de México el 31 de Enero de 2007

A. ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA SOCIAL

Instituto de Educación Media Superior del Ciudad de México (IEMS), Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Ciudad de México, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social.

B. OBJETIVOS Y ALCANCES

Proporcionar una subvención a los estudiantes del Sistema de Bachillerato del Gobierno del Ciudad de México que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley que establece el derecho a contar con una beca para los jóvenes residentes en el Ciudad de México, que estudien en los planteles de educación media superior del Gobierno del Ciudad de México, para que continúen sus estudios, evitar la deserción escolar y estimular su avance académico.

C. METAS FÍSICAS

Otorgar 9,000 becas en dos periodos semestrales durante el ejercicio fiscal 2007.

D. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL

Partida 4104, becas

E. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO

Requisitos

a. Estudiar en los planteles de educación media superior del Gobierno del Ciudad de México
b. Ser regulares

Procedimiento de acceso

El Instituto emitirá una Convocatoria con los requisitos para la incorporación de los estudiantes al Padrón de beneficiarios de la beca, siendo éstos los siguientes:

  • Estar en el Listado de estudiantes considerados como alumnos regulares
  • Estar reinscrito en cualquiera de los planteles del Instituto
  • Acreditar con comprobante de domicilio que radica en el Ciudad de México
  • No contar con apoyo económico de otras Instituciones públicas o privadas
  • Firmar una carta bajo protesta de decir verdad de que los datos proporcionados son fidedignos
  • Entregar debidamente llenada la Solicitud de integración al Padrón de beneficiarios de la beca

F. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN

Para la integración del Padrón de beneficiarios de la beca y el pago de la misma, se lleva a cabo a través del siguiente Procedimiento

Sorteo

La asignación de los lugares se hará mediante un sorteo aleatorio que se realizará ante la presencia de un Notario Público. Los resultados serán inapelables.

Resultados

Los resultados se publicarán el 30 de julio en el periódico La Jornada, y el 31 de julio en El Gráfico de El Universal, así como en la página de internet: www.iems.df.gob.mx

Inscripción

Los aspirantes que sean admitidos como estudiantes deberán asistir al Plantel designado en la fecha que les corresponda (1,2 ó 3 de agosto de 2006), y entregar los siguientes documentos para su inscripción:

  • Acta de nacimiento, original y copia fotostática.
  • Certificado de Terminación de Estudios de Educación Secundaria, original y copia fotostática, dicho documento deberá tener fecha de expedición anterior al 4 de agosto de 2006.
  • Comprobante de domicilio, original y copia fotostática reciente de agua, predial o teléfono, que corrobore que su domicilio se encuentra en alguna de las colonias, barrios o pueblos que atiende el plantel en el que se registró.
  • Exámen médico original con tipo sanguíneo y estado general de salud, expedido recientemente por institución pública de salud, teniendo como plazo el mes de agosto para su entrega.
  • Solicitud de Registro de Aspirante a Primer Ingreso (original).
  • 2 Fotografías recientes tamaño infantil, blanco y negro o color.

Restricciones

El registro del aspirante no garantiza la inscripción en el Sistema de Bachillerato del Gobierno del Ciudad de México, sino exclusivamente el derecho a participar en el Sorteo.

  • El aspirante podrá registrarse sólo en uno de los 16 Planteles del Sistema de Bachillerato del Gobierno del Ciudad de México. Quien se registre en dos o más de estos Planteles, perderá su derecho a participar en el Sorteo.
  • Se cancelará el registro o la inscripción de los aspirantes que proporcionen un domicilio falso, cometan o colaboren en actos fraudulentos. El Instituto de Educación Media Superior del Ciudad de México verificará en forma aleatoria que los aspirantes vivan en el domicilio que señalen en su Solicitud de Registro de Aspirante a Primer Ingreso.
  • Se invalidarán todos los actos derivados de esta Convocatoria cuando el aspirante se encuentre ya inscrito o haya sido dado de baja por el Instituto con base en su Normatividad.
  • Los aspirantes que sean admitidos y no cuenten con su Certificado de Educación Secundaria no podrán inscribirse al Sistema de Bachillerato del Gobierno del Ciudad de México.

G. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA

Procedimiento de Queja

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos L.F.R.S.P.). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna del Instituto de Educación Media Superior, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del CDMX, 49 y 60 de la L.F.R.S.P.). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho.

Admitida la queja, se da inicio a un procedimiento administrativo, que seguido en forma de juicio tendrá una resolución, la cual puede ser sancionadora para el servidor público que incurrió en responsabilidad. Asimismo, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Ciudad de México.

H. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Ciudad de México, la persona que se considere indebidamente excluida de este Programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito .Federal, o a través del Servicio Publico de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento.

I. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES

El proceso para el otorgamiento de becas será evaluado por el Órgano Interno de Control del propio Instituto en los siguientes rubros: Integración del Padrón de Beneficiarios de la Beca, Integración de Expedientes y Liberación de recursos para el pago de la beca. Por otra parte se llevará a cabo una auditoría externa de cumplimiento de programas.