La Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Ciudad de México aplica cada año el Programa Invernal, definido por dos vertientes: a) atención a personas indigentes, y b) apoyar a la población que habita en zonas de alto riesgo en temporada invernal.
La Magdalena Contreras está definida como una delegación que cuenta con zonas de alto riesgo, por ubicación geográfica y orográfica por lo que los apoyos se orientan a la población que habita en viviendas precarias ubicadas en zonas de alto riesgo, en temporada invernal en La Magdalena Contreras.
1. OBJETIVOS
Asistir a la población con que habite en zonas de alto riesgo de la Magdalena Contreras, en época invernal que tenga vivienda precaria y en condiciones de pobreza, entregándoles diversos apoyos que contribuirán a mitigar las consecuencias y los efectos que genera la modificación climática en la Delegación.
2. META FÍSICA
3. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
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4. CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS.
4.1 Tipos de apoyo.
5. REQUISITOS
6. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN DEL PROGRAMA
7. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
La población beneficiada tienen derecho a:
Las obligaciones de la población beneficiada son:
8. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD
El interesado podrá presentar su inconformidad en el Centro de Servicios de Atención Ciudadana cuando considere que se le excluye o si algún servidor público incumple lo establecido en la Ley de Desarrollo Social, su Reglamento y los programas. Asimismo podrá presentar su queja a la Procuraduría Social del Ciudad de México o en la Contraloría de conformidad a lo previsto en los artículos 71 y 72 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Ciudad de México.
9. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
Para la ejecución de los programas es obligación tener a la vista de la población beneficiaria y público en general los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que los beneficiarios puedan acceder a su disfrute y en caso de omisión puede exigir su cumplimiento a la autoridad responsable en apoyo a la normatividad aplicable, lo anterior de conformidad con los dispuesto en el artículo 70 del reglamento de la Ley de Desarrollo Social del CDMX a través de trípticos y carteles informativos que se distribuirán en áreas donde opere el programa; en este caso en la Subdirección de Programas Sociales, ubicada en José Moreno Salido S/N, Col. Barranca Seca.
10. EVALUACIÓN
Con el objeto de proponer mejoras continuas en la operación del Programa y lograr un mayor impacto de corto, mediano y largo plazos, así como contribuir al fortalecimiento de la rendición de cuentas con transparencia, se evaluará la operación y los resultados del Programa, y se llevará a cabo la medición y seguimiento de los recursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas.
11. INDICADORES DE RESULTADOS
La Unidad Responsable facultada, en coordinación con la Unidad Administrativa del área Responsable del Programa, definirá indicadores con un alto grado de integridad y continuidad en materia de evaluación.
12. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS/SECTORES
Para llevar a cabo la atención a la población que se encuentra habitando en zonas de alto riesgo y en condiciones de escasos recursos, se promoverá como coadyuvantes la participación de toda la estructura delegacional, Protección Civil y de la Secretaría de Desarrollo Social del Ciudad de México, así como de la sociedad organizada, y la comunidad en general, con el propósito de sumar esfuerzos y recursos.