Sistema de Información del Desarrollo Social


CLUB SESENTA’S

Publicado en la Gaceta Oficial del Ciudad de México el 09 de Febrero de 2007

1. CLUB SESENTA’S

Publicado en la Gaceta Oficial del Ciudad de México el

Programa de becas a personas adultas mayores

A. Entidad responsable del Programa Social

Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Álvaro Obregón.

B. Objetivos y Alcances

Favorecer que los Adultos Mayores de 60 a 69 años de edad, que viven en la Delegación Álvaro Obregón, y cuenten con escasa capacidad económica, reciban estímulos económicos a través del sistema de becas, en apoyo a su situación de vulnerabilidad, para fomentar la integración a su entorno social, contribuir a mejorar sus niveles de bienestar y vincularlos con los servicios y programas de desarrollo social con los que cuenta esta Delegación Política.

C. Metas Físicas

Otorgar 256 becas durante el ejercicio fiscal 2007.

D. Programación Presupuestal

Partida 4104, becas

E. Requisitos y procedimientos de acceso

Requisitos

a. Presentar su petición ante el CESAC. (con base al Art. 8 Constitucional)
b. Tener 60 años cumplidos y no ser mayor de 70 años
c. Evaluación del área de trabajo social de esta demarcación política
d. No ser acreedor a otro tipo de becas (DIF, SEDESOL, ect;)
e. No ser jubilados ni pensionados directa o indirectamente
f. Ser habitante de esta demarcación

Procedimiento de acceso

Podrán ingresar al Programa Club Sesentas los adultos mayores de entre 60 y 69 años de edad, que vivan en la
demarcación, sean de escasos recursos y que cumplan con los requisitos establecidos.

F. Procedimientos de instrumentación

Para la integración del Padrón de beneficiarios de la beca y el pago de la misma, se lleva a cabo a través del siguiente Procedimiento: la Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Oficina de Becas, publica la convocatoria con las bases para los adultos mayores que aspiren a obtener una beca del Programa Club Sesentas. La convocatoria indica las condiciones que deben satisfacer los aspirantes, describe el proceso de selección e indica qué documentos deben presentar los becarios para poder ser seleccionados, y cuáles son las reglas de permanencia.

Sorteo

La asignación de los lugares se basa en una metodología que será realizada en 2 etapas: la primera será en coordinación con el área de trabajo social. La segunda etapa consta de la evaluación del Comité de Selección.

Resultados

Los resultados se publicarán mediante un listado que se pegará en las afueras de la Oficina de Becas indicando los aspirantes seleccionados.

Inscripción

Los aspirantes que sean admitidos deberán entregar los siguientes documentos para su inscripción:
• Acta de nacimiento, original y copia fotostática.
• Original y Fotocopia de la credencial de elector o de otra identificación oficial.
• Original y fotocopia de la credencial del INAPAM.
• Comprobante de domicilio, original y copia fotostática reciente de agua, predial o teléfono.
• 2 Fotografías recientes tamaño infantil, blanco y negro, o color.

Restricciones

El registro del aspirante no garantiza la asignación de la beca, sino exclusivamente el derecho a participar en el proceso.
Se invalidarán todos los actos derivados de la convocatoria cuando el aspirante haya incurrido en alguno de los siguientes
puntos causales de baja.
• Acumular 2 amonestaciones.
• No entregar todos los documentos en tiempo y forma.
• No cobrar la beca en dos ocasiones.
• Alterar la información oficial sobre sus visitas médicas, estipuladas en la carta compromiso.
• Cambio de residencia fuera de la Delegación.

G. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana

Procedimiento de Queja

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Álvaro Obregón, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113, fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP).
Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho.
Admitida la queja, se da inicio a un procedimiento administrativo, que seguido en forma de juicio tendrá una resolución, la cual puede ser sancionadora para el servidor público que incurrió en responsabilidad.
Asimismo, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Ciudad de México.

H. Mecanismos de exigibilidad

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Ciudad de México, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento.

I. Mecanismos de evaluación e indicadores

El Comité de Selección será el responsable de aplicar y supervisar el desarrollo del Programa, así como de verificar el cumplimiento de los presentes Lineamientos y Mecanismos de Operación.
Cuando así lo requiera algún caso en particular, el Comité de Selección considerará la situación de vulnerabilidad y autorizará el otorgamiento de los apoyos. Por otra parte se llevará a cabo una auditoria de cumplimiento de programas.